sábado, 8 de junio de 2013

DEFENSORÍA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA)

                                                                                                    
                               
                               DEMUNA
La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente(DEMUNA) es un servicio encargado de proteger y promover los derechos de los niños, y adolescentes en la jurisdicción de la municipalidad. Desde  la defensoría Municipal del Niño y del Adolescente en la jurisdicción de la municipalidad. Desde 1997 está considerada en la Ley orgánica de Municipalidades como una función de los Gobiernos Locales.
BASE LEGAL 
- Resolución Legislativa 25278, que aprueba la convención sobre los Derechos del Niño.
- Decreto Ley 26102, Código de los Niños y Adolescentes (artículos 45° al 45°).
- Texto Único ordenado de la Ley 26260, Ley de Violencia Familiar (artículo 30°)
   D.S. 006- 97- JUS.
-  Ley 23853, Ley orgánica de Municipalidades (artículo 67°, inciso 1). Modificado por
   Ley 26875.
- Ley 26872, Ley de Conciliación y su ampliatoria Ley 27007.

FUNCIONES
- Conocer la situación y adolescentes que se encuentran en instituciones públicas y
   privadas.
- Intervenir cuando estén en conflicto sus derechos a fin hacer prevalecer su interés
   superior.
- Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello podrá efectuar
   conciliaciones  entre cónyuges, padres y familiares, fijando normas de
   comportamiento, alimentos,  colocación familiar provisional, siempre que no
   existan procesos judiciales abiertos sobre  estas materias.
- Promover el reconocimiento voluntario de filiaciones.
- Orientar programas en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan.
- Brindar orientación a la familia para prevenir situaciones críticas.
- Presentar denuncias ante las autoridades competentes por falta y delitos en agravio de
  los niños y adolescentes e intervenir en su defensa.
- Llevar a cabo audiencias de conciliación destinadas a resolver conflictos originados 
   por violencia familiar. Al entrar en vigencia Ley de Conciliación cumple    función   de
   instancia pre judicial y sus Actas tendrán título de  ejecución.
 

Labor de la DEMUNA
- Ofrece atención gratuita y confidencial de casos de alimentos, régimen de   visitas,
   maltrato, violencia familiar, reconocimiento voluntario de filiación, en general
   situaciones que afecten los derechos de los niños  y  adolescentes.
- Realiza difusión y capacitación sobre Derechos del Niño.
- Impulsa actividades preventivas y de movilización social por los Derechos   del Niño.
- Coordina permanentemente con instituciones y organizaciones locales   para    atender
   los problemas de los niños, adolescentes y familia.
- Denuncia delitos en agravio de niños y adolescentes.
Cómo se crea la DEMUNA
1.-  Por acuerdo de sesión de concejo se crea la DEMUNA y designa el responsable
2.- El responsable es un profesional:
- Abogado.
- Psicólogo.
- Trabajador Social. 
- Educador u otra especialidad, con vocación de servicio y solvencia moral.
3.- Si la Municipalidad no cuenta con profesionales, la responsabilidad podrá ser
      asumida por persona que reúnan los requisitos, de idoneidad y se capaciten.
     También se puede designar a un funcionario que ya están laborando en el
     Municipio y que pueda asumir las siguientes tareas
4.- Coordinar la labor del equipo de la DEMUNA para garantizar la atención de casos
      y las acciones de promoción. (Si el Municipio no cuenta con diferentes recursos
      humanos puede confirmar una comisión de apoyo con las instituciones locales).

VENTAJAS DE LA DEMUNA
  • Conciliación extra judicial o pre judicial.
  • Disminuye el tiempo de trámite.
  • Es confidencial y reservada.
  • Evita procesos judiciales y/o penales (no hay cárcel).
  • No requiere la presencia de un abogado.
  • Disminuye el costo del proceso (GRATIS).
  • Menos trauma psicológico para los menores.
Quiénes pueden pedir la intervención de la DEMUNA 
- Los propios niños, niñas y adolescentes.
-La madre, el padre o cualquier otro familiar.
- Cualquier persona que conozca de una situación que afecte los derechos del niño
  y  adolescente.
NO OLVIDES EL NIÑO APRENDE DE LO QUE VIVE

1.- SI VIVE CON TOLERANCIA APRENDE A SER PACIENTE.
2.- SI VIVE CRITICANDO APRENDE A CRITICAR.
3.- SI VIVE CON APROBACIÓN APRENDE A CONFIAR EN SÍ MISMO.
4.- SI VIVE ENGAÑADO APRENDE A MENTIR.
5.- SI VIVE CON EQUIDAD APRENDE A SENTIRSE CULPABLE.
6.- SI VIVE CON VERGÜENZA APRENDE A SENTIRSE CULPABLE. 
7.- SI VIVE CON SEGURIDAD APRENDE A TENER FE EN SÍ MISMO.
8.- SI VIVE CON HOSTILIZADO APRENDE A PELEAR
9.- SI VIVE CON ACEPTACIÓN Y LA AMISTAD APRENDE A ENCONTRAR EL
      AMOR  EN EL MUNDO

DATOS INFORMATIVOS:
1.-  Institución: Municipalidad Provincial de Tumbes.
2.- Nombre de la Demuna: Demuna - Tumbes.
3.- Sub. Gerente de Demuna.
4.- Local: Oficina Municipal de Tumbes.
5.- Dirección: Centro Cívico 3er Piso Bolognesi N° 132. 

 MUNICIPALIDAD DE TUMBES











                                                                                                              SUB GERENCIA DE DEMUNA 

 
                           













REQUISITOS
* 02 Copias de D.N.I. Del Informante.
* 03 Copias de partida de Nacimiento del o de los
   Beneficiarios (menores de Edad)
* 01 Folder Manila con Fastenes.
* Dirección Exacta y Referencia del Obligado.

FUNDAMENTACIÓN:
1.- La Demuna de la Municipalidad Provincial de Tumbes es un servicio del sistema de
      atención integral al niño y el adolescente para la protección y promoción de sus
      derechos.
2.- Cumpliendo las funciones que establece el código del niño y el adolescente, la
      convención sobre derechos del niño.
3.- El equipo responsable de la DEMUNA de la Provincia de Tumbes en reunión
      de trabajo ha planificado sus actividades para el año 2013, teniendo como
      prioridad la promoción y la atención de casos, de acuerdo a los recursos disponibles.
ATENCIÓN AL PUBLICO:
Días: Lunes a Viernes
Horario: De 8:00 am. a 1:00 pm. Y 2:00 pm. a 4:30 pm. 

RESPONSABLE:
Demuna (Defensoría Municipal Del niño y Adolescente), Tumbes se creó mediante Resolución Municipal N° 031-94-MPT-SEC-G de fecha de 26 de agosto de 1994, como una dirección que depende de la dirección general de servicios comunales de la Municipalidad Provincial de Tumbes. DEMUNA –TUMBES, se encuentra en el organigrama de la institución y coordina con las siguientes Dependencia internas:
Alcaldía, Dirección Municipal, Administración, Dirección De Personal, Abastecimiento, Planificación y Presupuesto, Relaciones Publicas, programa Vaso De Leche, Comedores Populares, Tesorería, Tramite Documentario, Asesoría Legal y Bienestar Social Comunal.
Al haber creado Demuna –Tumbes desde el 26 de agosto de 1994 existe gran cantidad de expediente, ya que cada año se incrementa los casos. Cuando el caso se atendido en la DEMUNA, la intervención de la Sub Gerencia, orienta a promover la conciliación, en otros casos ofrece conserjería, orientación o fija normas de conducta para que se supere el conflicto. Los acuerdos son registrados en actas para verificar el cumplimiento se establece mecanismo de seguimiento. Es indispensable el apoyo de movilidad para poder realizar seguimientos de casos cuando se trata de una denuncia, donde es necesaria la presencia de del Sub Gerente, Asesora Legal y Psicóloga. Los casos pueden ser presentados por familiares, vecinos, dirigentes vecinales y la misma víctima donde la directora defensora registra la denuncia se procede a manifestar o notificar al denunciado para luego llegar a la entrevista.
Cuando el caso constituye un delito esta es puesta en conocimiento de la autoridad competente.
 FORTALEZA:
Se cuenta con el interés de nuestras autoridades Municipales, contamos con el respaldo de diversas normas legales.
DEBILIDADES:
Los recursos económicos no son suficientes, no tenemos suficiente apoyo para garantizar seguimiento de casos y las actividades, como respecto a la infraestructura DEMUNA – Tumbes cuenta con un ambiente regular.
 OBJETIVOS GENERALES:
Establecidos en el Art. 45° del nuevo código de los Niños y Adolescente estos son:

•  Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes que no se encuentren
    en instituciones públicas y privadas.
•  Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos para
    hacer prevalecer el principio del INTERÉS SUPERIOR.
•  Promover el fortalecimiento de los lazos familiares, para ello puede efectuar
   conciliaciones extra judiciales entre cónyuges, padres y familiares, sobre alimentos,
   tenencia y régimen de visitas, siempre que no excitan procesos judiciales, sobre estas
   materias.
•  Conocer de colocación Familiar.
•  Fomentar el reconociendo Voluntario de la Filiación.
•  Coordinar programas de atención en beneficio de las niñas, niños, y adolescente que
    trabajan.
•  Brindar orientación multidisciplinaria a la familia, para prevenir situaciones críticas
    siempre que no existencia procesos judiciales previos. Niñas, Niños, y Adolescentes
    que trabajan de las niñas, niños.
•  Demuna ante autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los
    niños y adolescente.